- Personas físicas, mayores de edad, con nacionalidad española.
- Personas físicas, mayores de edad, extranjeras en posesión de un Número de Identificación de Extranjero (NIE).
- Y cualquier sociedad que tenga CIF español.
- Las empresas extranjeras pueden consultar el proceso en info@housers.es.
¿Entonces, quién puede comprar los inmuebles publicados en Housers? Imprimir
Modificado en: Mie, 1 Jun, 2016 a 4:24 P. M.
¿Ha sido útil esta respuesta? Sí No
Enviar comentarioLamentamos no haber sido de ayuda. Ayúdenos a mejorar este artículo dejándonos sus comentarios.